2 El arbitraje s贸lo podr谩 versar sobre las prohibiciones relativas previstas en los art铆culos 6.1.b), 7.1.b), 8 y 9 de la presente Ley. En ning煤n caso podr谩 someterse a arbitraje cuestiones referidas a la concurrencia o no de defectos formales o prohibiciones absolutas de registro. 3.
UnaMarca Nacional de un Estado miembro puede impedir que se conceda la Marca de la UE. Marca internacional, con la que se podr铆a conseguir la protecci贸n en m谩s de 120 Estados miembros del Sistema de Madrid. Para solicitarla es necesario disponer de una Marca Nacional o de una Marca de la UE previamente solicitada o
Lalegislaci贸n proh铆be el registro de algunos tipos de marcas, por atentar contra intereses generales (prohibiciones absolutas) o privados (prohibiciones
Cuandose consigna como parte del signo una denominaci贸n de origen protegida. Por ejemplo: PISCOMBI [incluye la denominaci贸n de origen Pisco] Cuando el signo solicitado sea id茅ntico o se asemeje a un signo solicitado o registrado por un tercero (marca, nombre comercial, lema comercial) en el Indecopi, para los mismos productos o servicios, o
1 En el registro de marcas que se lleve en el Registro de la Propiedad Industrial se inscribir谩n, de acuerdo con lo establecido en la presente Ley y en la forma que se disponga reglamentariamente, tanto las solicitudes de registro de marca como su concesi贸n. 2.
. 211 498 121 295 168 255 489 151
prohibiciones absolutas de registro de marcas